Crónica de la sesión sobre los neuroderechos en el Diario La Ley

Entre los avances que más interés está despertando en la comunidad jurídico-tecnológica, se encuentran las máquinas capaces de interactuar directamente con el cerebro humano. Unas herramientas que están permitiendo sorprendentes y muy esperanzadores avances para paliar los efectos de enfermedades tan graves como la esclerosis lateral amiotrófica (ELA), la parálisis cerebral o el Parkinson.

Sin embargo, y al igual que sucede con otras tecnologías, las relacionadas con el cerebro abren un alarmante campo a los riesgos de intromisión en la intimidad de las personas y de manipulación de sus comportamientos o creencias. Aquí surge la necesidad de los neuroderechos.

Se trata por ello de un ámbito al que los juristas deben acercarse con especial cuidado, pues la casi total falta de regulación de estas materias podría dejar abierto el campo actividades perjudiciales o, directamente, delictivas.

Hasta ahora, solo un país, Chile, ha incorporado jurídicamente la protección de los derechos de las personas en relación con estas tecnologías a su acervo constitucional.

Por eso, como señala la crónica de Carlos Fernández en el Diario La Ley, ha resultado tan interesante la reciente conferencia “La regulación de los neuroderechos y humanismo: la experiencia pionera de Chile”, organizada en la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid, con motivo de la inauguración de la tercera edición del Diploma de Alta Especialización en Legal Tech y Transformación Digital (DAELT), dirigido por Moisés Barrio, Letrado del Consejo de Estado.